El Ministerio de Economía comunica en el Portal “Mi Argentina” la extensión de los plazos para acceder al Régimen de Regularización de Activos. La medida responde a lo solicitado por nuestro Consejo Profesional, mediante la Nota S24002643 del pasado 17 de septiembre, y entidades financieras.
El nuevo cronograma quedaría de la siguiente manera:

- Por otro lado, las disposiciones que resulten de aplicación serán establecidas mediante un decreto del Poder Ejecutivo Nacional que será publicado próximamente en el Boletín Oficial. Esta medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20 de la Ley 27.743 y el artículo 5 del Decreto 608/2024 que faculta la extensión de plazo de cada etapa con una diferencia no menor a 3 meses para cada una de ellas.
Asimismo, el comunicado del Organismo refiere a la disposición de fondos depositados con anterioridad al 30/9 aclarando que: “Solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1 de octubre, tal como fuera estipulado originalmente. A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales.”
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